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«El juzgado dicta la primera sentencia a favor de un despedido de la fábrica de Trubia
Santa Bárbara deberá readmitir al operario o indemnizarle con cien mil euros al valorar su formación específica y antigüedad
CECILIA PÉREZ oviedo.
Martes, 11 julio 2017, 01:03
Improcedente. Así ha declarado el Juzgado de lo Social Número 1 de Oviedo el despido de uno de los trabajadores de la fábrica de armas de Trubia. Se trata de la primera sentencia favorable a uno de los 55 despedidos de la factoría trubieca. El fallo llega un mes después de que el Tribunal Supremo confirmase la legalidad del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) iniciado por Santa Bárbara Sistemas en mayo y que afectó a 593 operarios de las fábricas de armas de La Coruña, Granada, Sevilla, Madrid y Trubia.
Inmediatamente de la resolución del Alto Tribunal, que tumbó la demanda por despido colectivo de la plantilla afectada por el ERE, se iniciaron los sucesivos recursos individuales. La sentencia, con fecha de 7 de julio, es la primera que da la razón a uno de los despedidos y según el fallo judicial la empresa deberá optar por admitir al trabajador o pagarle una indemnización que asciende a 103.671 euros por los salarios dejados de percibir tras su despido.
La sentencia ha calmado los ánimos de los afectados por el ERE, pero solo en parte. Por un lado aseguran que es «algo positivo» pero también son conscientes de que el resto de demandas individuales solo prosperarán atendiendo a cómo se presenten y a la «sensibilidad de cada juez», matizó Gregorio Martínez, portavoz del colectivo de los 55 despedidos de Trubia.
Son seis los juzgados en los que se decide el futuro individual de los trabajadores afectados que recurrieron por el ERE de Trubia, pero esta es la primera sentencia favorable a uno de esos operarios y abre el camino al resto. «Todas las demandas van por el mismo sentido que esta que ha estimado el juez», apuntó Martínez. Hay que señalar, no obstante, que hubo otra anterior que falló a favor de Santa Bárbara Sistemas y desestimó la demanda individual por despido improcedente de otro empleado.
La que dictó el Juzgado de lo Social Número 1 de Oviedo a favor del despedido recoge varios puntos que decantaron la decisión judicial. Los fundamentos jurídicos se sustentan en que hubo un «fraude de ley» al entender que no concurrieron las causas objetivas para el despido de este operario. Primero porque no se respetó el compromiso de mantenimiento del empleo tras la integración de la fábrica de La Vega en Trubia, que se contrató a nuevo personal sin respetar los criterios de selección fijados en el ERE y que, además, la indemnización fijada tras el despido de este trabajador no fue correctamente calculada.
Entrando en detalle, la sentencia valora que el trabajador se encontraba en un «proyecto en marcha que ocupaba gran parte de su actividad» en el momento de su salida, su cualificación para el puesto, sus 36 años de antigüedad en la empresa, las cargas familiares del demandante o que en su departamento existían trece trabajadores más próximos a la edad de jubilación que él, criterios estos que se incluían como medidas protectoras dentro de la aplicación del ERE.
El juez falló a favor del trabajador declarando improcedente su despido y condenando a Santa Bárbara Sistemas a readmitirlo o indemnizarlo en el plazo de cinco días. Contra la sentencia cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. La empresa estudiará estos días las medidas a adoptar.»